Desde el 3 de Noviembre de 2010, ha entrado en vigor el nuevo reglamento de Centros de Reconocimientos para Conductores, donde se regula la TRAMITACION TELEMATICA de los permisos de conducir. A partir de este momento NO SE NECESITA ninguna fotografia para hacer la tramitación. El procedimiento es totalmente telemático. La documentación necesaria para obtener o para renovar el Permiso de conducir es: • Carnet de conducir o DNI • (Sin fotografias) Según BOE Núm 54 del 3 de mayo del 2010 |